¿Cómo se debe proceder al momento de necesitar el servicio de sepelio?
Se deberán presentar con recibo de sueldo o de pago a la empresa fúnebre que se elija entre las que figuran en el listado de Asociación de Empresas Fúnebres: http://aesfac.org.ar/guia-empresas
¿A quién comprende el servicio de sepelio?
Comprende a todos los asociados que hayan ingresado con el servicio de sepelio.
Tendrán derecho desde el primer día de ingreso como asociados, siempre que tuviera menos de 55 años en dicha oportunidad y familiares con menos de 45 días.
¿Cómo se debe proceder en caso de haber abonado el servicio de sepelio?
Si el servicio hubiera sido abonado en forma particular, se deberá presentar factura B ó C que acredite el pago.